Mediante la disposición 1028/17, de la CNRT,  publicada en el Boletín Oficial del 21 del corriente,  se  modifica la resolución 28 del 19 de enero de 2016 por la cual se fijan las causales de suspensión de uso, vigencia o emisión de la Licencia Nacional Habilitante.

La misma establece que cuando se detectare una alcoholemia positiva y/o uso de sustancias psicoactivas, sin perjuicio de los controles que corresponde efectuar respecto de su aptitud, se suspenderá el uso, vigencia o emisión de la Licencia por el termino de NOVENTA (90) días.

De esta manera la presente disposición extiende el plazo que era de 60 día  a 90 días la sanción aplicada, quedando el resto del texto de la resolución antes mencionada, inalterado.

Se adjunta texto de la mencionada disposición.

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