De acuerdo a lo establecido por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) por Disposición Nº 266/16, se restringe la circulación de los vehículos de categorías N2, N3, O, O3 y O4 por las rutas nacionales conforme las fechas y horarios que se informa a continuación:  

 

Días y horarios en que se aplicará la veda:

 

Fecha

Horario

 

Viernes 12 de Agosto de 2016

18:00 a 21:59

ASCENDENTE (SALIDA)

Lunes 15 de Agosto de 2016

18:00 a 21:59

DESCENDENTE (REGRESO)

 

 

B) SECCION II   

 

RUTA NACIONAL N°

TRAMO

3

Desde la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES hasta la Ciudad de BAHIA BLANCA (incluye autovía), provincia de BUENOS AIRES.

5

Desde la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES hasta la Ciudad de TRENQUE LAUQUEN, provincia de BUENOS AIRES.

7

Desde la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES hasta la Ciudad de SAN LUIS, provincia de SAN LUIS.
Tramo correspondiente a autovía desde la Ciudad de SAN LUIS, provincia de SAN LUIS a la Ciudad de MENDOZA, provincia de MENDOZA, se restringirá conforme el criterio establecido para autopistas en los sentidos y días previstos en la Sección III)

8

Desde la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES hasta la Ciudad de VILLA MERCEDES, provincia de SAN LUIS.

9

Desde la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES hasta la Ciudad de LA QUIACA, provincia de JUJUY.
Tramo correspondiente a Autopista o Autovía entre los kilómetros 0 hasta la Av. Circunvalación en la Ciudad de Córdoba, se restringirá conforme el criterio establecido para autopistas en los sentidos y días previstos en la Sección III).

11

Desde la Ciudad de ROSARIO, provincia de SANTA FE, hasta la Ciudad de CLORINDA, provincia de FORMOSA.

12

Desde el EMPALME de la Ruta Nacional N° 9, en la provincia de BUENOS AIRES, hasta la Ciudad de CEIBAS, en la provincia de ENTRE RÍOS; y desde la Ciudad de Paraná, en la provincia de ENTRE RÍOS, hasta la Ciudad de Puerto Iguazú, en la provincia de MISIONES.
Los tramos correspondientes a Autovía, entre los kilómetros 80 a 159,91; 1390,9 a 1396,11 y 1636,87 a 1638,76 se restringirán conforme el criterio establecido para autopistas en los sentidos y días previstos en la Sección III)

14

Desde la Ciudad de CEIBAS, provincia de ENTRE RIOS, hasta la Ciudad de SAN JOSE, provincia de MISIONES.
Los tramos correspondientes a Autovía, entre los kilómetros 0 a 504,38 restringirán conforme el criterio establecido para autopistas en los sentidos y días previstos en la Sección III)

19

Desde la Ciudad de SANTA FE, provincia de SANTA FE, hasta la Ciudad de CORDOBA, provincia de CORDOBA.

20

Desde la Ciudad de CORDOBA, provincia de CORDOBA, hasta la Ciudad de SAN JUAN, provincia de SAN JUAN.

22

Desde la Ciudad de BAHIA BLANCA, provincia de BUENOS AIRES, hasta la provincia del NEUQUEN.

33

Desde la Ciudad de ROSARIO, provincia de SANTA FE, hasta la Ciudad de BAHIA BLANCA, provincia de BUENOS AIRES.

34

Desde su intersección con la RN 9 en la Ciudad de GÜEMES, provincia de SALTA hasta la Ciudad de YUTO, en la provincia de JUJUY.

35

Desde la Ciudad de RIO CUARTO, provincia de CORDOBA, hasta la Ciudad de SANTA ROSA, provincia de LA PAMPA.

36

Desde la Ciudad de RIO CUARTO, hasta la Ciudad de CORDOBA, ambas en la provincia de CORDOBA.

38

Desde el EMPALME de la Ruta Nacional N° 20, en la provincia de CORDOBA, hasta la Ciudad de S.M. DE TUCUMAN, en la provincia de TUCUMAN.

40

Desde la Ciudad de SAN JUAN, en la provincia de SAN JUAN hasta la Ciudad de MALARGÜE, provincia de MENDOZA; y desde el EMPALME con la Ruta Nacional N° 234 de la provincia del NEUQUEN y la Ciudad de ESQUEL, provincia del CHUBUT.

105

Desde la Ciudad de SAN JOSE hasta la Ciudad de POSADAS, ambas en la provincia de MISIONES.

127

Desde el EMPALME de la Ruta Nacional N° 12, provincia de ENTRE RIOS, hasta el EMPALME con la Ruta Nacional N° 14, provincia de CORRIENTES.

148

Desde la Ciudad de VILLA DOLORES, provincia de CORDOBA, hasta el LIMITE de la provincia de SAN LUIS.

158

Desde la Ciudad de SAN FRANCISCO, provincia de CORDOBA, hasta la Ciudad de RÍO CUARTO, provincia de Córdoba.

174

Desde la Ciudad de ROSARIO, provincia de SANTA FE, hasta la Ciudad de VICTORIA, provincia de ENTRE RIOS.

188

Desde la Ciudad de SAN NICOLAS DE LOS ARROYOS, provincia de BUENOS AIRES, hasta la Ciudad de GENERAL ALVEAR, provincia de MENDOZA.

205

Desde la Ciudad de CAÑUELAS, provincia de BUENOS AIRES, hasta la Ciudad de SAN CARLOS DE BOLIVAR, provincia de BUENOS AIRES.

226

Desde la Ciudad de GENERAL VILLEGAS, hasta el EMPALME con la RP N° 29, ambas en la provincia de BUENOS AIRES.

231

Desde el EMPALME con la Ruta Nacional N° 40 hasta el PASO CARDENAL SAMORE, ambas en la provincia del NEUQUEN.

 

Todas las Autopistas de acceso a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en toda su extensión

 

 

C) SECCION III -

FECHA

HORARIO

SENTIDO DEL FLUJO VEHICULAR EN:

 

 

·     Autopistas de Acceso a la Ciudad Autónoma de Buenos    Aires en toda su extensión.

·     Autopista RN 7 desde ciudad de SAN LUIS a la ciudad de MENDOZA.

·      Autopista RN 9 desde el  km 0 hasta la Av. Circunvalación en la ciudad de CORDOBA.

·      Autovía RN 12 desde el km 80 al 159.91;

·     Autovía RN 12 desde el Km 1390,9 al 1396

·     Autovía RN 12 desde el km 1636,87 a 1638.

·     Autovía RN 14 desde el km 0 al 504.38.

 

Viernes 12 de Agosto de 2016

18:00 a 21:59

ASCENDENTE (SALIDA)

Lunes 15 de Agosto de 2016

18:00 a 21:59

DESCENDENTE (REGRESO)

 

Exceptúese de la restricción a los vehículos que a continuación se detallan

 

a) De transporte de leche cruda, sus productos derivados, y envases asociados;

b) De transportes de animales vivos;

c) De transportes de productos frutihortícolas en tránsito;

d) De transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisual;

e) De atención de emergencias;

f) De asistencia de vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o en el traslado al punto más próximo a aquél donde pueda quedar depositado, y en regreso en vacío;

g) Cisterna de traslado de combustible, de Gas Natural Comprimido y Gas Licuado de Petróleo;

h) De transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliaria, en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos;

i) De transporte de medicinas;

j) De transporte de depósitos final de residuos sólidos urbanos;

k) De transporte que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial;

I) De transporte de sebo, hueso y cueros.

 

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Solicitamos a Uds. tengan a bien inscribir con anticipación a los choferes, a los cuales les correspondan los mismos, mínimo 2 días antes de dicha fecha para así poder confirmar su dictado. Desde ya agradecemos su colaboración.

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